Subsidios y Beneficios
BECA BICENTENARIO | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Número | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25678&id_portal=74&id_seccion=4188 | Arancel referencial Anual. | Noviembre de cada año | Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente formulario de postulación en las fechas correspondientes. Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Obtener al menos 500 puntos promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemática) en el caso de los alumnos pertenecientes al primer quintil de ingresos. Los alumnos pertenecientes al segundo quintil deben obtener un puntaje igual o superior a 525 puntos; mientras que los estudiantes pertenecientes al tercer quintil deben lograr un puntaje igual o superior a 550 puntos. Los postulantes en situación de discapacidad serán eximidos del requisito de puntaje PSU; y sólo se les exigirá un promedio de Notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,0. Matricularse en primer año 2013 en alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (Universidades Tradicionales) según artículo 1° del D.F.L.(Ed.) N°4 de 1981, que se encuentren acreditadas por la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2012. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2012. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. Los postulantes en situación de discapacidad deberán presentar además un certificado que confirme su condición y grado de discapacidad al 31 de diciembre de 2012. Este certificado podrá ser emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconómica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Asimismo, permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Financiar el Arancel Referencial Anual de la Carrera | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA PSU | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25676&id_portal=74&id_seccion=4188 | $1.150.000 | Noviembre de cada año | Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Haber egresado de enseñanza media el año 2012 de establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada. Haber obtenido puntaje nacional o regional en la PSU rendida para el proceso de admisión 2013. Pertenecer a los cuatro primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país. Matricularse en primer año 2013 en Instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre del 2012. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2012. Realizar una acreditación socio económica en la institución de matrícula. Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. | Financia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA EXCELENCIA ACADEMICA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25677&id_portal=74&id_seccion=4188 | $1.150.000 | Noviembre de cada año | Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Pertenecer al 10% de los mejores promedios de notas de Enseñanza Media de establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada. Haber egresado de enseñanza media el año 2012. Pertenecer a los cuatro primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2012. Matricularse en primer año 2013 en Instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre del 2012. Realizar una acreditación socio económica en la institución de matrícula. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconómica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA HIJO PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25679&id_portal=74&id_seccion=4188 | $ 500.000 | Noviembre de cada año | Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Ser hijo de Profesional o de Asistente de la Educación cuyo padre o madre tenga contrato vigente al 31 de diciembre de 2012 en establecimientos municipales, subvencionados o de administración delegada. Pertenecer a los cuatro primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país. Obtener al menos 500 ptos. promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemáticas) del proceso de admisión 2012 o 2013 con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera. Tener un promedio de notas de enseñanza media igual o superior a 5.5. Los 100 mejores estudiantes que obtengan al menos un puntaje PSU de 600 puntos y un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 6.0 se les eximirá del requisito socioeconómico. Matricularse en primer año 2013 en Instituciones de Educación Superior que cuenten con plena autonomía. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2012. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Asimismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Financia hasta $500.000 Arancel Referencial Anual. | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA JUAN GOMEZ MILLAS | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25680&id_portal=74&id_seccion=4188 | $1.150.000 | Noviembre de cada año | Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Obtener al menos 500 puntos promedio PSU (pruebas Lenguaje y Comunicación y Matemática) en el caso de los alumnos pertenecientes al primer quintil de ingresos. Los alumnos pertenecientes al segundo quintil deben obtener un puntaje igual o superior a 525 puntos; mientras que los estudiantes pertenecientes al tercer quintil deben lograr un puntaje igual o superior a 550 puntos. El puntaje PSU a considerar será aquel con el que el estudiante haya sido admitido en la carrera, independiente de si corresponde al obtenido en el proceso de admisión 2013 o 2014. Matricularse en primer año de carreras regulares impartidas por instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de Diciembre del 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En el caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.becasycreditos.cl |
Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Financia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA JUAN GOMEZ MILLAS PARA EXTRANJEROS | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25682&id_portal=74&id_seccion=4188 | $1.1510.000 | Marzo de cada año | Ser alumno proveniente de América Latina o el Caribe. No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Cumplir con requisitos de admisión asimilables a los puntajes de la Prueba de Selección Universitaria de las Universidades Chilenas, establecidos por la Institución de Educación Superior (*). Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Matricularse en primer año de carreras regulares impartidas por instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de Diciembre del 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En el caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.becasycreditos.cl *IMPORTANTE: La postulación de alumnos extranjeros a universidades chilenas se realiza mediante dos vías. La primera es solicitar el ingreso por admisión especial, para lo cual el estudiante debe informarse directamente en la institución en la que desee estudiar respecto a los requisitos que debe cumplir; mientras que la segunda opción es rendir la Prueba de Selección Universitaria (PSU). Para ello, el alumno debe previamente solicitar al Mineduc el reconocimiento y convalidación de sus estudios básicos y medios en su país de origen. La información respecto a cómo realizar este procedimiento se encuentra disponible en www.chileatiende.cl |
Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y los resultados de asignación final se entregan en Mayo en: www.becasycreditos.cl | Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA VOCACION DE PROFESOR-PEDAGOGIAS | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25674&id_portal=74&id_seccion=4188 | Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual de la carrera. Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual de la carrera. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. Desde 720 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb, y financiamiento de un semestre de estudios en el extranjero. |
Desde el 26 de Septiembre 2013 al 24 de Enero 2014 | Puntaje PSU promedio (pruebas Lenguaje y Matemáticas) del año de la postulación o el anterior, con el que el estudiante haya sido seleccionado para ingresar a la carrera, igual o superior a 600 puntos; o desde 580 puntos si el alumno pertenece al 10% de mejores egresados de su establecimiento educacional. Esta última condición aplica sólo para estudiantes provenientes de colegios municipales, particulares subvencionados o de administración delegada; que ingresen a la Educación Superior al año siguiente de finalizar su Enseñana Media. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Septiembre y Enero. Los resultados, previo analisis se entregan desde el 18 al 20 de febrero 2014 en: www.becavocaciondeprofesor.cl | Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual de la carrera. Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual de la carrera. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. Desde 720 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb, y financiamiento de un semestre de estudios en el extranjero. |
Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 39 | 25-01-2011 | ||
BECA VOCACION DE PROFESOR LICENCIATURAS | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25675&id_portal=74&id_seccion=4188 | Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual del último año de la licenciatura, más el ciclo pedagógico (que puede durar uno o dos años). Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. |
Desde el 26 de Septiembre 2013 al 24 de Enero 2014 | Puntaje PSU promedio (pruebas de Lenguaje y Matemáticas) obtenido al ingresar a la licenciatura, igual o superior a 600 puntos. No mide situación socioeconómica. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Septiembre y Enero. Los resultados, previo analisis se entregan desde el 18 al 20 de febrero 2014 en: www.becavocaciondeprofesor.cl | Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual del último año de la licenciatura, más el ciclo pedagógico (que puede durar uno o dos años). Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. |
Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 39 | 25-01-2011 | ||
BECA DE REPARACIÓN TITULARES VALECH | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Encontrarse comprendida entre aquellas personas señalas en los Artículos 1º y 5º de la Ley Nº 19.992 y haber visto impedidos sus estudios por razón de tortura o prisión política. | El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, según la información entregada en la Oferta Académica 2014 por la institución de educación superior, al Servicio de Información de Educación Superior (SIES). |
Desde Enero a Marzo de cada año. | Estar en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros y Torturados” del informe presentado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (mayor Información en http://www.indh.cl/informacion-comision-valech). Cumplir con los requisitos académicos que la Institución de Educación Superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales. Contar con Licencia de Enseñanza Media. |
Mineduc selecciona a alumnos que cumplen con el requisito en el mes de mayo. | Garantizar la continuidad gratuita de los estudios de nivel superior para aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley N°19.992, así lo soliciten, ya sea en Universidades del Consejo de Rectores, Universidades Privadas, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica, que cuenten con Reconocimiento Oficial del Ministerio de Educación.El beneficio cubrirá la Matricula y Arancel Real. | Decreto Supremo | Reglamenta Otorgamiento de Beneficios Educacionales Contemplados en la Ley N° 19.992. | 32 | 27-08-2005 | ||
BECA DE REPARACIÓN TRASPASO VALECH | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Podrán optar a este beneficio, alumnos que acrediten ser uno de los descendientes directos hasta segundo grado de consanguinidad, es decir hijo/a ó nieto/a, de la persona individualizada en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados”, que no haya hecho uso del beneficio educacional contemplado en la Ley N°19.992. Cumplir con los requisitos académicos que la Institución de Educación Superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales. Cumplir con los requisitos académicos que la Institución de Educación Superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales. Contar con Licencia de Enseñanza Media. |
El beneficio al cual acceden los estudiantes favorecidos con este traspaso es el mismo dispuesto para el sistema de becas de Educación Superior: Para los alumnos matriculados en Universidades del Consejo de Rectores, la cobertura del beneficio es el arancel de referencia más la matrícula respectiva, el cual puede consultar en: www.becasycreditos.cl Para los alumnos que opten por matricularse en universidades privadas y las carreras profesionales dictadas por Institutos Profesionales, el financiamiento será hasta $1.150.000 (Un millón ciento cincuenta mil pesos). Para estudiantes que se matriculen en carreras técnicas dictadas por Institutos profesionales y Centros de Formación Técnica, el financiamiento será de hasta $600.000, según la información entregada en la Oferta Académica 2014 por la Institución de Educación Superior. |
Desde Enero a Marzo de cada año. | La persona individualizada en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados” (nómina actualizada que incluye listado publicado en agosto 2011), que no haya hecho uso del beneficio educacional, puede traspasarlo a un descendiente hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta, es decir, a un hijo o un nieto. En caso de que a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.405 el beneficiario directo (titular de la beca) haya fallecido sin haber hecho uso del beneficio que se refiere, todos los descendientes directos del difunto junto con su cónyuge sobreviviente, si lo hubiere, determinarán en conjunto el descendiente (hijo o nieto) al cual se le traspasa el beneficio. Considerando que la Ley N° 20.405 entró en vigencia a partir del 10 de diciembre de 2009, el traspaso del beneficio con titular fallecido, se podrá realizar sólo si la fecha de defunción del titular del beneficio, es anterior a la entrada en vigencia de la Ley (10 de diciembre de 2009). En este caso, y de manera excepcional, los descendientes del titular podrán determinar en conjunto, a través de declaración jurada ante notario, al descendiente (hijo o nieto) al cual se le traspasará el beneficio. 2) Beneficio: A este beneficio podrán postular estudiantes que cuenten con licencia de Enseñanza Media y que cursen primer año de Educación Superior durante el año 2014, o alumnos que se encuentren en cursos superiores. Los postulantes deben estar matriculados en carreras conducentes a título profesional o técnico de nivel superior, en planes regulares de estudios, según lo informado por la Institución de Educación Superior en la Oferta Académica 2014 entregada al Servicio de Información de Educación Superior, SIES (mayor información en www.mifuturo.cl). |
Mineduc selecciona a alumnos que cumplen con el requisito en el mes de mayo. | Dirigida a los alumnos con descendencia directa o hasta segundo grado de consanguinidad de personas reconocidas como víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos y que aparezcan en la nómina del informe Valech, y que no hayan hecho uso de este beneficio educacional. Esta beca cubre el arancel de referencia de la carrera. | Decreto Supremo | Reglamenta Otorgamiento de Beneficios Educacionales Contemplados en la Ley N° 19.992. | 32 | 27-08-2005 | ||
BECA DE REPARACIÓN RETTIG | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Esta beca se encuentra normada por la Ley N° 19.123 y está destinada a los hijos – hasta los 35 años de edad - de las personas declaradas víctimas de violaciones a los Derechos Humanos o de violencia política, de acuerdo a lo establecido por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Además, se extiende el beneficio para aquellas personas beneficiadas de la Ley N° 19.965, hijos de Víctimas de delitos subversivos cometidos durante el período. |
El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, impartidas por Universidades del Consejo de Rectores, según la información entregada en la Oferta Académica 2014 | Desde Enero a Marzo de cada año. | Normada por la Ley N° 19.123 y está destinada a los hijos de las personas declaradas víctimas de violaciones a los derechos humanos o de violencia política, de acuerdo a lo establecido por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, hasta los 35 años de edad. | Mineduc selecciona a alumnos que cumplen con el requisito en el mes de mayo. | El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, impartidas por Universidades del Consejo de Rectores, según la información entregada en la Oferta Académica 2014 por la institución de Educación Superior, al Servicio de Información de Educación Superior, SIES (mayor información en www. mifuturo.cl). |
LEY | Crea Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, establece pensión de reparación y otorga otros beneficios en favor de personas que señala. | 19.123 | 31-01-1992 | ||
BECA NUEVO MILENIO | ||||||||||||
Individualización del acto que estableció el programa | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25683&id_portal=74&id_seccion=4188 | Financia hasta $600.000 de Arancel Referencial Anual . | Noviembre de cada año | Pertenecer al 60% de la población con menores ingresos del país, egresados de Enseñanza Media, que se matriculen en primer año de una carrera técnica impartida por alguna Institución de Educación Superior (CFT, IP o universidad) o en una carrera profesional impartida por un Instituto Profesional. Las instituciones deben estar acreditadas al 31 de Diciembre del 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación.Pertenecer a los tres primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país. Matricularse en primer año 20 en alguna carrera regular Tècnica y tener promedio 5,0 en enseñanza media. | Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconómica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Asimismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Financiar hasta $600.000 de Arancel Referencial Anual . | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA ARTICULACIÓN | ||||||||||||
Individualización del acto que estableció el programa | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25690&id_portal=74&id_seccion=4188 | Financia hasta $750.000 de Arancel Referencial Anual . | Noviembre de cada año | Se otorgarán 3.599 becas a estudiantes meritorios, egresados o titulados de carreras técnicas de nivel superior dentro de los cuatros años precedentes al año 2014, y que habiendo obtenido un promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,0, deseen continuar sus estudios en carreras conducentes a títulos profesionales, en Instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de diciembre de 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación, de conformidad a la Ley N° 20.129.Ser chileno(a). Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Haber egresado o estar titulado de carreras técnicas de nivel superior entre los años 2010 al 2013. Tener un promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,0. Matricularse el año 2014 en una Institución de Educación Superior acreditada al 31 de Diciembre de 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación, para continuar sus estudios en carreras regulares conducentes a títulos profesionales. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.becasycreditos.cl Al momento de realizar la acreditación socioeconómica, los postulantes deberán presentar además su certificado de egreso y/o titulación de la carrera técnica cursada. Este beneficio no podrá hacerse efectivo en programas o carreras a distancia o semi presenciales, programas especiales de titulación, programas de postgrados o postítulos y cualquier otro programa o carrera que haya sido definido por la institución como plan especial de estudios en la oferta académica vigente. |
Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconómica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Asimismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Financiar hasta $750.000 de Arancel Referencial Anual . | Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA EXCELENCIA TÉCNICA | ||||||||||||
Individualización del acto que estableció el programa | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25684&id_portal=74&id_seccion=4188 | Entre 700.000 y hasta 800.000 Arancel Referencial Anual. | Noviembre de cada año | Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Ser egresado de Enseñanza Media a partir del año 2010. Tener un promedio de Enseñanza Media igual o superior a 5,0 para matricularse en carreras técnicas en instituciones de Educación Superior (CFT, IP o Universidades), o 5,5 para matricularse en carreras profesionales impartidas por Institutos Profesionales. Para la selección de estos estudiantes, se considerará tanto el ranking de Notas de Enseñanza Media por establecimiento como el puntaje por Notas de Enseñanza Media (NEM) del estudiante, ordenados éstos por estricto orden de precedencia. Matricularse en primer año de una carrera técnica regular impartida por alguna Institución de Educación Superior (CFT, IP o Universidad) , o en una carrera profesional regular impartida por u Instituto Profesional. Las instituciones deben estar acreditadas al 31 de Diciembre 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.becasycreditos.cl |
Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconómica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Busca premiar a los mejores 4.000 estudiantes egresados de Enseñanza Media durante los cuatro años previos a su matrícula en la Educación Superior, y que opten por una carrera técnica o por una profesional impartida por un Instituto Profesional. Para esto,se les financiará un monto mayor a los $600.000 que considera la Beca Nuevo Milenio, con el objetivo que este beneficio de excelencia cubra un monto muy cercano al arancel real de su carrera. Beneficios: Primer tercio: Para los mejores 1.334 estudiantes, el beneficio será hasta $800.000 del arancel de referencia de la carrera. Segundo tercio: Para los 1.333 estudiantes siguientes, el beneficio será hasta $750.000 del arancel de referencia de la carrera. Tercer tercio: Para los últimos 1.333 estudiantes, el beneficio será hasta $700.000 del arancel de referencia de la carrera. |
Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
BECA DE REUBICACIÓN ALUMNOS U DEL MAR | ||||||||||||
Individualización del acto que estableció el programa | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=27600&id_portal=74&id_seccion=4188 | Financia Arancel Referencial Anual . | Dirigida a estudiantes que hayan estado matriculados en la Universidad del Mar al 31 de mayo de 2013, y que en 2014 se inscriban en instituciones de Educación Superior acreditadas al 30 de junio de 2013 (Ley 20.129). | Financiar Arancel Referencial Anual . | ||||||||
BECA DISCAPACIDAD | ||||||||||||
Individualización del acto que estableció el programa | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=25691&id_portal=74&id_seccion=4188 | El beneficio depende del tipo de institución y carrera en la que se matricule el alumno. Universidades Consejo de Rectores (Cruch): Se entregan 100 cupos de la Beca Bicentenario, que financia el arancel de referencia anual de la carrera. Instituciones de educación superior acreditadas: Se entregan 100 cupos de la Beca Juan Gómez Millas, que financia hasta $1.150.000 del arancel de referencia anual de la carrera. Carreras técnicas o carreras profesionales de IP, en instituciones acreditadas: Se entregan 100 cupos de la Beca Nuevo Milenio, que financia hasta $600.000 del arancel de referencia anual de la carrera. |
Noviembre de cada año | Financia 300 becas para personas en situación de discapacidad, egresadas de Enseñanza Media, pertenecientes al 60% de la población con menores ingresos del país, y que se matriculen como alumnos de primer año 2014 en alguna institución de Educación Superior acreditada al 31 de diciembre de 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación. Beneficios: El monto de la ayuda dependerá del tipo de institución y carrera en la que se matricule el alumno: Para universidades pertenecientes al Consejo de Rectores: Financia el arancel de referencia anual de la carrera, a través de 100 cupos de la Beca Bicentenario. Para instituciones privadas (universidades, CFT e IP): Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $1.150.000, a través de 100 cupos de la Beca Juan Gómez Millas. Para carreras técnicas o carreras profesionales de IP, en instituciones acreditadas: Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $600.000, a través de 100 cupos de la Beca Nuevo Milenio. |
Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconómica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Asimismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | El monto de la ayuda dependerá del tipo de institución y carrera en la que se matricule el alumno: Para universidades pertenecientes al Consejo de Rectores: Financia el arancel de referencia anual de la carrera, a través de 100 cupos de la Beca Bicentenario. Para instituciones privadas (universidades, CFT e IP): Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $1.150.000, a través de 100 cupos de la Beca Juan Gómez Millas. Para carreras técnicas o carreras profesionales de IP, en instituciones acreditadas: Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $600.000, a través de 100 cupos de la Beca Nuevo Milenio. |
Decreto | Modifica Decreto Nº 337, de 2010, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, año 2010. | 116 | 24-09-2012 | ||
FONDO SOLIDARIO DE CREDITO UNIVERSITARIO | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=18305&id_portal=74&id_seccion=4050 | Financia parte o la totalidad del arancel de referencia anual de la carrera, a través de un préstamo en UTM. El porcentaje a cubrir dependerá de quintil del postulante: - Quintiles 1 al 3: 100% del arancel de referencia. - Quintil 4: del 50% al 100% del arancel de referencia, dependiendo del ingreso per cápita del alumno. |
Noviembre de cada año | Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Pertenecer al primer, segundo, tercer o cuarto quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Obtener al menos 475 puntos promedio PSU (pruebas de Lenguaje y Comunicación y Matemática) en alguno de los dos últimos procesos de admisión, como puntaje con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera. Matricularse en primer año de alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (universidades tradicionales), según el artículo 1° del D.F.L. (Ed.) N°4 de 1981. La institución debe estar acreditada al 31 de Diciembre de 2013 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectivo el crédito, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.becasycreditos.cl |
Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.becasycreditos.cl | Financiar parte o la totalidad del Arancel de Referencia Anual | Decreto | Aprueba reglamento de los artículos 2° y 4° de la Ley 19.287 que establece normas sobre Fondo Solidario de Crédito Universitario y sus Modificaciones. | 938 | 28-02-1995 | ||
BENEFICIO INGRESA | ||||||||||||
CREDITO CON AVAL DEL ESTADO | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | http://portal.becasycreditos.cl/index2.php?id_contenido=18306&id_portal=74&id_seccion=4050 | Financia desde $200.000 hasta el total del arancel de referencia anual de la carrera, a través de un préstamo en UF otorgado por una institución financiera. | Alumnos 1er año: Noviembre cada año/ Alumnos de Nivel superior: Octubre decada año | Para quiénes: Estudiantes egresados de Enseñanza Media, que requieran apoyo para financiar sus estudios superiores. Para estudiar en: Instituciones de Educación Superior acreditadas inscritas ante Comisión Ingresa. Requisito socioeconómico: Pertenecer a quintiles 1 al 4 (en casos especiales, hasta el 5). Requisito académico: - Postulantes a universidades: Puntaje PSU promedio (pruebas Lenguaje y Matemáticas) igual o superior a 475 puntos. - Postulantes a CFT o IP: Promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,3. |
La postulación se realiza en la página web www.ingresa.cl o www.becasycreditos.cl. Ingresa pública en su página web y en la plataforma los resultados de pre-selección en el mes de enero. Cuando el alumno concreta su matrícula en alguna Institución de Educación Superior, ésta debe informarlo a la Comisión Ingresa en los plazos que ella establezca para que entregue posteriormente nómina validada de asignación del Crédito Aval del Estado. Para adjudicarse el beneficio, el alumno debe firmar pagaré en el Banco licitado en los plazos que este establezca. | Se otorga a los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores y Privadas. Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, para financiar parte o el total del arancel de referencia anual de la carrera. | Decreto | Reemplaza texto del Decreto Nº 182, de 7 de septiembre de 2005, que aprueba reglamento de la Ley Nº 20.027, que establece normas para el financiamiento de estudios de educación superior. | 266 | 15-07-2009 | http://portal.ingresa.cl/el-credito/caracteristicas-del-credito/ | |
BENEFICIOS FEDERACION | ||||||||||||
BECA RESIDENCIA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | El beneficiado de Residencia NO puede poseer este beneficio y a la vez encontrarse habitando en un hogar universitario. b. Este beneficio es incompatible con la Beca Residencia Indígena. c. El estudiante debe rendir el pago de su beneficio con contrato de arrendamiento o con recibos de arriendo cada mes del semestre en el cual esta beneficiado. Presentando estos documentos en la Secretaría de Bienestar FEDEUNAP. d. El estudiante que postula como allegado debe cambiar su condición a arrendatario si se le asigna el beneficio. e. El estudiante beneficiado NO puede utilizar el dinero entregado por la Secretaría de Bienestar FEDEUNAP en otros menesteres que no sea el de arriendo vivienda. |
$500.000 anual por alumno. | Marzo cada año | El Beneficio Residencia consiste en un apoyo económico para subsidiar la necesidad de habitación en la ciudad de Iquique o la comuna de Alto Hospicio. El apoyo económico asciende a $50.000.- pesos Mensuales (a la fecha) y su duración es de un semestre.El estudiante debe presentar el FIA (Formulario de Inscripción Académica) ya sea para postular y/o renovar los beneficios de Bienestar FEDEUNAP o cualquier otro medio material, con previa autorización del Secretario de Bienestar FEDEUNAP1 (el Presidente de dicha organización podrá impugnar en cualquier momento la postulación si se encontrara alguna anomalía). El estudiante debe aprobar el 70% de los ramos del último semestre, ya sea para postular o renovar beneficios de Bienestar FEDEUNAP. Y no serán parte de este porcentaje los ramos convalidados, ya que no son carga académica del último semestre cursado. |
En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconómica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina. | Aportar recursos económicos a estudiantes de escasos recursos para colaborar en su óptimo desarrollo estudiantil. | Reglamento | Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". | año 2014 | |||
BECA APOYO A PADRES | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | El beneficio Apoyo a Padres consiste en un apoyo económico de $23.000.- pesos mensuales (a la fecha) el cual puede ser utilizado en: medicamentos, pediatra, pañales, entre otros. Para el hijo(a) del estudiante, el cual debe tener de 0 a 10 años. La duración del beneficio es de un semestre. | $ 230.000 anual por alumno. | Marzo cada año | Este beneficio está destinado al estudiante que sea padre o madre y su hijo debe estar nacido no en gestación. b. El apoyo económico es para el estudiante, quien debe destinarlo a un hijo(a). c. No se puede utilizar el aporte económico en otros menesteres que no sea el destinado al hijo(a). d. El beneficio no puede ser entregado a estudiante-madre o estudiante-padre de un mismo hijo(a) sólo uno de los dos estudiantes podrá ser beneficiario. e. El estudiante debe tener el cuidado personal del hijo(a) (tuición o patria potestad). f. El beneficiado debe rendir con boletas el gasto del aporte económico cada mes del semestre en la Secretaría de Bienestar FEDEUNAP. |
En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconòmica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina. | Aportar recursos económicos a estudiantes de escasos recursos para colaborar en su optimo desarrollo estudiantil. | Reglamento | Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". | año 2014 | |||
BECA ALMUERZO FEDERACION | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | El beneficio almuerzo debe ser utilizado por el beneficiado titular (de preferencia). b. El estudiante debe cancelar el beneficio la segunda semana de cada mes. c. Si el estudiante no utiliza el beneficio en dos semanas sin avisar previamente su ausencia, se retirará el beneficio y se le otorgará a otro estudiante que lo necesite. d. El beneficiado puede participar de la Comisión Casino de forma voluntaria. e. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo. |
Presupuesto año 2014 | Marzo cada año | El beneficio almuerzo debe ser utilizado por el beneficiado titular (de preferencia). b. El estudiante debe cancelar el beneficio la segunda semana de cada mes. c. Si el estudiante no utiliza el beneficio en dos semanas sin avisar previamente su ausencia, se retirará el beneficio y se le otorgará a otro estudiante que lo necesite. d. El beneficiado puede participar de la Comisión Casino de forma voluntaria. e. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo. |
En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconomica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina de | Este beneficio consiste en la entrega de almuerzo de lunes a sábado en el Casino de Alimentos de la UNAP, y tiene un valor de $4.000 pesos ensuales, los cuales deben ser cancelados en Bienestar FEDEUNAP. Este beneficio está rebajado en un 50% del precio original ($8.000.- pesos). Dura un semestre. | Reglamento | Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". | año 2014 | |||
CENA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | El beneficiado debe estar matriculado. b. El beneficiado debe asistir a la Cena dentro del horario establecido por la Universidad Arturo Prat. c. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo o con la persona encargada de la asistencia a la CENA de la UNAP. |
Presupuesto año 2014 | Marzo cada año | El beneficiado debe estar matriculado. b. El beneficiado debe asistir a la Cena dentro del horario establecido por la Universidad Arturo Prat. c. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo o con la persona encargada de la asistencia a la CENA de la UNAP. |
En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconómica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina. | Cena Semanal: Que consiste en la entrega de 80 cupos. Esta lista de estudiantes es elaborada los días lunes y la inscripción se realizaba durante todo el día. | Reglamento | Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". | año 2014 | |||
BECA GIMNASIO VITAL | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | El beneficiado debe asistir a las sesiones del gimnasio coordinado con el horario establecido por ellos. b. El beneficiado debe asistir a lo menos 3 veces por semana al Gimnasio Vital UNAP. c. El beneficiado debe asistir regularmente a los controles con la nutricionista o médico del Centro de Salud UNAP. d. Si el beneficiado no cumpliera con el reglamento será sancionado con la no entrega del beneficio por el resto del mes. |
Presupuesto año 2014 | Marzo cada año | Este beneficio está dirigido principalmente a estudiantes con problemas de: Sobrepeso, tratamiento de salud físico o psíquico y en segunda instancia a aquellos que la necesitan por motivos de vida sana. El postulante debe presentar Certificado otorgado por: Nutricionista o Médico, el cual informará la situación del postulante o renovante y su necesidad del gimnasio (idealmente por el Centro de Salud de la UNAP). Este beneficio dura un semestre. | En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconómica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina. | Este beneficio está dirigido principalmente a estudiantes con problemas de: Sobrepeso, tratamiento de salud físico o psíquico y en segunda instancia a aquellos que la necesitan por motivos de vida sana. El postulante debe presentar Certificado otorgado por: Nutricionista o Médico, el cual informará la situación del postulante o renovante y su necesidad del gimnasio (idealmente por el Centro de Salud de la UNAP). Este beneficio dura un semestre. | Reglamento | Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". | año 2014 | |||
BENEFICIOS UNAPBECA RECTORIA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | La beca Rectoría se podrá otorgar a los alumnos nuevos que ingresan por primera vez a la universidad o a los alumnos antiguos, conforme a las siguientes reglas: Para el caso de los alumnos nuevos, la nota mínima de enseñanza media (NEM )para postular será seis (6,0). Para el caso de los alumnos antiguos deberán tener aprobado el 100% de las asignaturas inscritas en el semestre o año académico anterior. |
Otorga cobertura de aranacel anual y básico. | Marzo cada año | La beca Rectoría se podrá otorgar a los alumnos nuevos que ingresan por primera vez a la universidad o a los alumnos antiguos, conforme a las siguientes reglas: Para el caso de los alumnos nuevos, la nota mínima de enseñanza media (NEM )para postular será seis (6,0). Para el caso de los alumnos antiguos deberán tener aprobado el 100% de las asignaturas inscritas en el semestre o año académico anterior.Esta beca es incompatible con cualquier otra beca que a cualquier título reciba el alumno por parte de la Universidad e Instituciones externas. Sin perjuicio de lo anterior, el Rector podrá, excepcionalmente, disponer el otorgamiento de Becas, respecto de aquellos postulantes que no cumplen con los requisitos señalados precedentemente, pero que se destacan en alguna área de interés para la institución o si situación socioeconómica lo amerite, lo que deberá ser certificado por el Director General de Asuntos Estudiantiles. La Beca, de igual forma, podrá otorgarse a estudiantes que cursen carreras Técnico Nivel Superior. |
En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconómica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina. | Otorgar cobertura en arancel anual y básico a estudiantes de escasos recusros o caso de estudiante que se destacan en alguna área de interés para la institución | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 510 | 24-03-2014 | ||
BECA FUNCIONARIO | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | • Que el funcionario de planta o a contrata tenga una antigüedad mínima de tres (3) años en la Universidad. • Que la actividad académica sea en un área en que la participación del funcionario redunde en una mejor preparación para la labor que desempeña. Exceptúese de este requisito al personal de servicio que postule a la beca. • Que la postulación sea avalada y fundamentada por el Jefe de Unidad directo y el Directivo Superior o Decano de la facultad del cual dependa la unidad en que se desempeña el funcionario. |
Arancel anual carrera. | Marzo de cada año | • Que el funcionario de planta o a contrata tenga una antigüedad mínima de tres (3) años en la Universidad. • Que la actividad académica sea en un área en que la participación del funcionario redunde en una mejor preparación para la labor que desempeña. Exceptúese de este requisito al personal de servicio que postule a la beca. • Que la postulación sea avalada y fundamentada por el Jefe de Unidad directo y el Directivo Superior o Decano de la facultad del cual dependa la unidad en que se desempeña el funcionario. |
Mes de marzo año en curso | Consiste en la exención total o parcial del pago de Arancel Carrera por el período de duración de la misma para los hijos y/o cónyuges de funcionarios académicos y administrativos que tengan una antigüedad mínima de tres años en la Universidad. | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 510 | 24-03-2014 | ||
BECA DEPORTIVA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Serán beneficiarios de esta Beca los alumnos que hayan acreditado su condición de deportistas de excelencia, mediante certificados de examen físico y técnicos de la especialidad y que desarrolle alguna actividad deportiva de alto rendimiento y/o deportistas destacados a nivel comunal, regional o nacional. | Exención total o parcial del arancel anual o semestral del programa o carrera que curse el estudiante. | Marzo de cada año | Acreditado su condición de deportistas de excelencia, mediante certificados de examen físico y técnicos de la especialidad y que desarrolle alguna actividad deportiva de alto rendimiento y/o deportistas destacados a nivel comunal, regional o nacional. La selección de los beneficiados, deberá ser realizada por la Coordinación de Deportes, quien remitirá la nómina y antecedentes al Director General de Asuntos Estudiantiles, para su evaluación definitiva y resolución correspondiente. |
Mes de marzo año en curso | Exención total o parcial del arancel anual o semestral del programa o carrera que curse el estudiante. | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 510 | 24-03-2014 | ||
BECA ALIMENTICIA UNAP | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | • Ser actualmente alumno regular de alguna de las carreras de pre-grado PSU y/o Técnicas impartidas por la universidad. • Que su domicilio de procedencia esté fuera de la ciudad de Iquique. • Tener situación socioeconómica deficiente. • Presentar documentación de respaldo requerida por la Unidad de Bienestar Estudiantil. • Pertenecer a los tres primeros quintiles socioeconómicos. • Tener un rendimiento académico equivalente a un promedio de notas no inferior a 4.0 y no tener asignaturas reprobadas el semestre anterior al que se otorgará el beneficio. |
Presupuesto año en curso | Marzo de cada año | El estudiante deberá postular y presentar documentos que avalen su situación socioeconómica, ésta documentación será evaluada por una profesional que materializará la entrega una vez que el estudiante esté matriculado en una carrera ingreso PSU o Técnica Nivel Superior. | Mes de marzo año en curso | Este beneficio, se entregará de lunes a sábado en el Casino Institucional . El objetivo es brindar almuerzo de alimentación. | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 510 | 24-03-2014 | ||
BECA HOGAR ESTUDIANTIL UNAP | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | • Ser actualmente alumno regular de alguna de las carreras de pre-grado PSU y/o Técnicas impartidas por la universidad. • Que su domicilio de procedencia esté fuera de la ciudad de Iquique. • Tener situación socioeconómica deficiente. • Presentar documentación de respaldo requerida por la Unidad de Bienestar Estudiantil. • Pertenecer a los tres primeros quintiles socioeconómicos. • Tener un rendimiento académico equivalente a un promedio de notas no inferior a 4.0 y no tener asignaturas reprobadas el semestre anterior al que se otorgará el beneficio. |
Presupuesto año en curso | Marzo de cada año | El estudiante deberá postular y presentar documentos que avalen su situación socioeconómica; esta documentación será evaluada por una profesional que materializará la entrega una vez que el estudiante esté matriculado en una carrera ingreso PSU o Técnica Nivel Superior. | Mes de marzo año en curso | Este beneficio busca entrgar alojamiento a estudiantes de escasos recursos. | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 510 | 24-03-2014 | ||
BECA DEPARTAMENTO | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Para acceder a esta Beca, el alumno debe postular al beneficio a través del Departamento de Formación Técnica, DFT y acreditar su situación socieconómica deficiente. | Exención total o parcial del arancel de carrera. | Marzo de cada año | La Beca Departamentos es asignada por el Departamento de Formación Técnica (DFT) y canalizada a través de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. El monto asignado a cada beneficiario es determinado a partir de un análisis de la situación socioeconómica del alumno y la acreditación de su excelencia académica. | Mes de marzo año en curso | Beca otorgada por la Universidad destinada a alumnos, que cursen Carreras Técnicas. | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 510 | 24-03-2014 | ||
BENEFICIOS JUNAEB | ||||||||||||
BECA INDIGENA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Ser de origen indígena. La certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Artículo 8 Decreto N° 126 de 2005 Ministerio de Educación. Tener como mínimo una nota promedio de 4.5 en educación superior y nota 5.0 egresado de educación media. Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad del beneficio. El Ingreso per cápita no debe superar los $ 184.898. Cursar estudios en Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación. y en Centros Formadores de Personal de las F.F.A.A. y Seguridad. Proseguir carreras que tengan a lo menos dos años de duración, reconocidas por el Ministerio de Educación. Se restringe la postulación para estudiantes extranjeros y para quienes se encuentran egresados o en calidad de tesistas. |
$607.000 anual (10 cuotas de $ 60.700) | Marzo de cada año | Ser de origen indígena. Tener la calidad de alumno regular. Promedio de Notas 4,5 Nivel Superior. Promedio de Notas 5,0 Nivel Primer año. Situación económica deficiente (ingreso per cápita). Participación sociocultural. | Asignación a cargo de la JUNAEB, entrega de resultados en junio de cada año. Nómina de selccionados es publicada www.junaeb.cl | Aporte economico que se entrega a los estudiantes de ascendencia indígena con un pago anual de $ 607.000 que se realiza en 10 cuotas. | Decreto | Sustituye Decreto Nº 139 de 1998 que introduce modificaciones al Decreto Nº 52 de 1995 que reglamenta Becas Indigenas y fija su texto refundido | 126 | 13-06-2005 | http://www.junaeb.cl/beca-indigena-postulacion-educacion-superior | http://www.junaeb.cl/beca-indigena-postulacion-educacion-superior |
BECA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Esta beca no permite homologar beca desde enseñanza media a Educación Superior, es continuidad del beneficio para alumnos que ingresan a Primer año de la Educación Superior. Se debe presentar: Certificado de alumno regular*Certificado de notas*Informe social debidamente firmado y timbrado por asistente social que consigne y certifique los ingresos socioeconómicos del grupo familiar, o*Formulario de renovación SINAB impreso, con respaldo de 3 últimas liquidaciones de sueldo/boletas de honorario y/o declaración de gastos mensual firmada y timbrada por el profesional asistente social. | 1,24 UTM Mensual | No existe postulación en la Enseñanza Superior, sólo continuidad del beneficio como estudiantes renovantes que ingresan a Primer año de la Educación Superior | Acreditar en cada semestre la continuidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 5.0 y mantener la situación socioeconómica que dio origen al beneficio. | Resultados de renovación a cargo de la JUNAEB. El alumno se entera que fue renovada su beca cuando recibe el pago del beneficio a través de su cuenta RUT. | Beca de mérito académico que otorga apoyo financiero a estudiantes de escasos recursos económicos y de buen rendimiento académico. Subsidio Mensual en dinero de 1,24 U.T.M. | Decreto | Reglamenta el programa de becas Presidente de la Republica, para el año 2011. | 105 | 08-02-2011 | ||
BECA RESIDENCIA INDIGENA | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Ser de origen indígena, la certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Artículo 8 Decreto N° 126 de 2005 Ministerio de Educación. Provenir de comuna diferente a la comuna donde se ubica la sede de estudio de la Institución de Educación Superior. Tener como mínimo una nota anual promedio de 4.5 en educación superior y nota 5.0 egresado de educación media. Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente. El Ingreso per cápita no debe superar los $184.898- Cursar estudios en Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación o en Centros Formadores de Personal de las F.F.A.A. y Seguridad. Proseguir carreras que tengan a lo menos dos años de duración, reconocidas por el Ministerio de Educación. |
Hasta $920.000 anual | Marzo de cada año | Ascendencia indígena y residencia familiar en regiones determinadas que provienen de las regiones de Tarapacá, Antofagasta, Bio Bio, Araucanía, Los Lagos, Los Ríos, Arica y Parinacota. En el caso de estudiantes provenientes de la región de Magallanes y Antártida Chilena. Tener como mínimo una nota anual promedio de 4.5 en educación superior y nota 5.0 egresado de educación media. Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente. El Ingreso per cápita no debe superar los $184.898- |
Asignación a cargo de la JUNAEB, entrega de resultados en junio de cada año. Nómina de selccionados es publicada en la Oficina de Asistencia Social Estudiantil. | Subsidio de $ 92.000 mensuales a los alumnos con ascendencia indígena, que cursan estudios fuera de su comuna de origen (zonas rurales) que les permita cancelar una pieza o pensión en la ciudad del lugar de estudio. | Decreto | Sustituye Decreto Nº 139 de 1998 que introduce modificaciones al Decreto Nº 52 de 1995 que reglamenta Becas Indigenas y fija su texto refundido | 126 | 13-06-2005 | ||
ENEFICIO JUNAEB: BONO DE MANTENCION PARA LA EDUCACION SUPERIOR (BMES) | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Estudiantes que acrediten ingreso per cápita dentro del I y II quintil de ingresos. Excelencia académica. Estar becado con alguna de siguientes Becas de Arancel: Beca Bicentenario, Beca Juan Gómez Millas, Beca Bicentenario Curso Superior, Beca Juan Gómez Millas Curso Superior, Beca de Excelencia, Beca Puntaje Nacional PSU, y que posean la Beca de Alimentación para la Educación Superior (BAES). |
Diez cuotas de $ 15.500 pesos | Noviembre de cada año para obtención Becas de Mineduc | Avance curricular exigido por tu Beca de Arancel. Estudiantes que acrediten ingreso per cápita dentro del I y II quintil de ingresos. |
Asignación a cargo de la JUNAEB, de acuerdo a los requisitos establecidos. Se notifica al alumno en el mes de marzo. | La Beca de Mantención para la Educación Superior (BMES), consiste en la entrega de dinero de libre disposición orientado a cubrir las necesidades derivadas de los estudios. Para el año 2014, se fijó en diez cuotas de $ 15.500 pesos, distribuidas en el período de marzo a diciembre. | Ley de Presupuesto de cada Año | Beca Mantención para la educacion superior. | 20.481 | 18-12-2010 | ||
BECA ALIMENTACION SUPERIOR BAES | ||||||||||||
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Enlace a mayor información si correspondiere |
Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles | Postular a Ayudas Estudiantiles en el siguienteenlace en los plazos establecidos por el MINEDUC. | $ 32.000 mensual | Noviembre de cada año para obtención Becas de Mineduc | Poseer asignación de becas arancel. Estar calificado en los quintiles 1 y 2 por su situación socioeconómica. | Asignación a cargo de la JUNAEB, de acuerdo a los requisitos establecidos. Se notifica al alumno en el mes de marzo. | Tarjeta de alimentación a los estudiantes de Educación Superior más vulnerables, por un valor mensual de $32.000 | Ley de Presupuesto de cada Año | Ley de Presupuesto de cada Año | Ley de Presupuesto de cada Año | Ley de Presupuesto de cada Año | http://www.junaeb.cl/beca-de-alimentacion-para-la-educacion-superior |