Formulario Subsidio por Fallecimiento
El servicio de Bienestar de personal tiene entre sus beneficios, según párrafo II, “de la atención económica”, artículo 5° letra c) “subsidio por fallecimiento”, el cual es pagadero SOLO por fallecimiento del titular afiliado/a o alguna de sus cargas familiares debidamente acreditadas en la institución. El monto es de $180.000.-
Según lo expresa el reglamento particular del servicio, esta ayuda se entregará en el siguiente orden de precedencia:
- A la persona designada expresamente para tales efectos por el afiliado/a.
- Al o la cónyuge sobreviviente o el o la conviviente civil.
- A los hijos/as.
- A los padres.
- A la persona que acredite haber efectuado los gastos del funeral.
Es por lo anterior, expresado en el punto N° 1, que los y las invitamos a completar formulario adjunto, para que, en caso de corresponder, sea pagado el beneficio de acuerdo a lo manifestado en su designación. De no hacerlo, procederá según lo estipula el reglamento.
Enviar a este mail serviciobienestardepersonal@unap.cl o entregar en nuestra oficina, ubicada Iquique, en pabellón C, frente a salón Rubén Mamani.
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